VEHÍCULOS EN UN LIMBO LEGAL (archivado)

VEHÍCULOS EN UN LIMBO LEGAL

Hace muchos años que los vehículos industriales y comerciales además de una herramienta de transporte se han convertido en una herramienta para el trabajo fuera y dentro de las carreteras. Grúas sobre camión que mueven cargas, camiones que instalan elementos como palas quitanieves o esparcidores de sal para realizar trabajos de vialidad invernal, instalación de máquinas desbrozadoras, pintabandas,  clínicas móviles, vehículos taller…son un sinfín de posibilidades lo que ofrecen los vehículos como soporte.

La versatilidad del vehículo industrial es tanto una ventaja como puede convertirse en un incómodo handycap. Y decimos esto porque detectamos que muchas veces la administración no empatiza los suficiente con las necesidades de estos vehículos.

 

Hablamos de vehículos muy simples y de otros con una cierta complejidad técnica que realizando sus funciones como máquinas de obras y servicios o como taller o como máquina a secas quedan en un limbo. Vehículos que sin realizar operaciones de transporte, realizan otras funciones para las que necesitan la carretera como vía para su desplazamiento o para el desarrollo de su actividad y por lo tanto están sujetos a sus normas.

 Los fabricantes de segunda fase recogemos muchas consultas sobre la viabilidad técnica de los vehículos porque a fin de cuentas somos las empresas que ponemos en la calle los vehículos pero sabemos que además de la parte técnica tenemos que trabajar mucho en la viabilidad administrativa de estas soluciones.

 

La administración controla con mucho rigor en la carretera el hecho de que los vehículos cumplan las normas de circulación y a su vez que estos cumplan y hayan cumplido todos los requisitos técnicos de homologación. Estamos convencidos que en todos los países miembros esta situación es la misma pero detectamos que nuestros vecinos quizás hayan complementado la legislación comunitaria con leyes propias para dar amparo a situaciones concretas.

 

España no ha trabajado en esta línea y es por este motivo por el que la ficha técnica de los vehículos se ha convertido en la única herramienta en la que reflejar todo aquello que puede causar confusión en relación con el vehículo y su circulación. En muchas ocasiones si algo no está anotado en una ficha técnica se considera ilegal y es sancionado cuando no es así.

 

Sirvan estas palabras de reflexión para todos para que nos paremos a pensar como en otros países se instalan en los vehículos elementos que en España si se instalan son permanentemente sancionados. Accesorios y elementos que aportan seguridad para los trabajadores.

 

La ficha técnica de los vehículos no puede ser una herramienta en la que se reflejen condiciones de transporte de los vehículos sino de sus características técnicas. Y ojo, aquello que no está anotado en la ficha no significa que no esté homologado y en algunas ocasiones aquello que se anota y no puede ser homologado se anota solo para evitar sanciones.

 

 

Está claro que mientras la legislación no ampare de alguna forma la doble función de algunos vehículos (desplazamiento y trabajo) estaremos en desventaja respecto a nuestros vecinos.

 

 

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